. Párrafo 1.º del artículo 1 redactado por el apartado uno de la disposición adicional única de la L.O. 7/2007, de 2 de julio, de Modificación de las Leyes Orgánicas 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, y 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, y del R.D.-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad («B.O.E.» 3 julio).Vigencia: 23 julio 2007
Las indemnizaciones tendrán carácter extraordinario y se concederán por una sola vez. En ningún caso implicarán asunción de responsabilidad alguna por el Estado. Sus cuantías serán las siguientes:
Causa de las indemnizaciones
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Euros
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Fallecimiento
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140.000
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Gran invalidez
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390.000
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Incapacidad permanente absoluta
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96.000
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Incapacidad permanente total
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48.000
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Incapacidad permanente parcial
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36.000
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Borrador de carta , por la que defensa ha resuelto la solicitud por la via de la Ley 8/2004 de 5 de noviembre que es a la que corresponden los 36. 000€ solicitados
Ministerio de Defensa – Exc.. Sr. Ministro.
Don………………………………………………….……………..,
mayor
de
edad, provisto de D.N.I. Numero………………………., vecino de
………………………………,calle…………………………………………
numero………………..,
provincia de………………….., con domicilio
a
efectos de notificaciones en
I.- Que
el compareciente participó en la campaña de Ifni-Sahara durante el pe-riodo
1957 – 1959, sergun Certificado que se aporta como documento numero 1. En el
supuesto de no tenerlo, o estar incompleto, extraviado o perdido en los
Archivos Militares de España, adjuntamos fotocopia de la Cartilla Militar nº… …………..En el supuesto de perdida de dicha
cartilla, documentos compulsados por el Consulado de España o Embajada, de su
lugar de residencia, y todavía suponiendo que no tenga estos documentos
(algunos todavía estan pendientes del Archivo Gral. Militar de Ávila), fotocopia del Certificado extendido por la concesión de la
Medalla
de la Campaña de Ifni-Sahara, firmado en
Sidi-Ifni el día 19 de diciembre de 1958, por el Gobernador General D. Mariano
Zamalloa.
Si están disponibles, adjuntar fotocopia de
todos ellos.
II.-
Que la disposición final novena de la Ley 39/2007 de 19 de noviembre de la Carrera Militar , sancionada por el Rey Juan
Carlos I, en vigor desde el 1 de enero de 2008, sin que el citado Ministerio
tenga depurado el listado confeccionado por la empresa SeproSer,incumpliendo
por lo tanto dicha disposición.
Y
atendiendo a lo que disponen las letras f) y j) del articulo 35 y concordantes de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico
de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta
parte entiende que se está produciendo una lesión en sus derechos, que no tiene
el deber jurídico de soportar.
Y en
virtud de lo que antecede, AL MINISTRO
DE DEFENSA,
S O L I C I T A: Que tenga por presentado este escrito junto con los documentos que se
acompañan, los admita y en sus meritos y previos los tramites
que
sean oportunos, acuerde:
1º tener al compareciente por incluido
en el listado a que se refiere el apartado segundo de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre de la Carrera Militar.
2º conceder al compareciente una
indemnización minima de 36,000 €, de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sin perjuicio de que esta indemnización sea
aumentada por vía administrativa.
Madrid a………………….de………………..de 20…….
REGISTRO
MINISTERIO DE DEFENSA, c/. Capitán Haya, 12 – 28071
MADRID
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