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Carta del Ministerio de Defensa Imprimir E-Mail





Noticias desde El Rincón
Escrito por ACVSI   
sábado, 07 de mayo de 2016
Fuente: La Revista de la Asociación Catalana de Veteranos de Sidi Ifni (ACVSI)
(en papel; 1er. semestre de 2016; Núm. 24)(en catalán)
Asociación Catalana de Veteranos de Sidi IfniA mitad del mes de octubre del año pasado se dirigió una solicitud al Ministerio de Defensa para intentar averiguar los pasos que deberán seguir nuestros asociados para conseguir los beneficios de la disposición novena de la Ley de la Carrera Militar aprobada el día 1 de enero de 2008. La carta se tramitó a través de las altas Autoridades Militares de Cataluña.
El día 21 de Octubre recibimos la contestación, que os la pasamos escaneada, como veréis es más que instructiva. Por favor, continúe leyendo las dos páginas siguientes.
 

Contestación del Ministerio de Defensa sobre las normas que cada asociado deberá seguir para obtener los beneficios de la Disposición 9ª de la Ley de la Carrera Militar

Carta de respuesta del Ministerio de Defensa.








Proceso a seguir











Cada veterano con derecho a obtener los beneficios de la ley, lo deberá justificar individualmente, mediante un expediente, en el que deberá constar:
  • Certificado de la Subdelegación de Defensa de su Provincia, donde debe constar específicamente la fecha y tiempo que estuvo movilizado en los Territorios de Ifni o Sahara. Este certificado lo entregará gratuitamente la correspondiente Delegación. Para los que dispongan de la cartilla militar no será necesario este requisito.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Acompañar un escrito de la solicitud para enviarlo junto con la anterior documentación a:
MINISTERIO DE DEFENSA
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, S.D.G.- PERSONAL MILITAR
Paseo de la Castellana, 109
28046 - Madrid
Nota: Del personal que haya muerto, lo podrán solicitar los familiares más cercanos (Entendemos viuda).















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